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Ace Usuario


Registrado: Nov 08, 2005 Mensajes: 6
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Publicado: Mie, 16 Nov 2005 12:38 pm Asunto: Tanteo y retracto CAM contra tanteo y retracto del inquilino |
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Hola.
Me suge una pregunta. En el caso de una VPO alquilada, el inquilino tiene derecho de tanteo y retracto por la Ley de Arrendamientos Urbanos. En este caso y si el propietario quiere vender la vivienda, ¿cual de los dos derechos de tanteo prevalecen?
A ver si alguien es capaz de responder a esta...
Un saludo. |
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nt Moderador


Registrado: Oct 29, 2005 Mensajes: 1121
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Publicado: Mie, 16 Nov 2005 5:34 pm Asunto: |
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Muy buena ACE. Ni idea de la respuesta.
Salutacions |
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PRESTO Invitado
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Publicado: Mie, 16 Nov 2005 7:09 pm Asunto: |
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En la ley 29/1994 del 24 de novembre de arrendamientos urbanos, disposición adicinal preimera hace referencia a las viviendas de proteccion oficial, estableciendo como ley preferente en cualto a temas de alquiler la normativa aplicable a las VPO y solamente se aplicará la ley de arrendamientos urbanos la cual recoge el derecho de tanteo y retracto por parte del inquilino en el caso de que no exista ley que regule el alquiler de VPO.
Con esto cero que queda claro que prevalece el dercho de la comunidad autonoma antes que el del inquilino. De hecho las VPO en regimen de alquiler se alquilan por periodos de tiempo inferiores a los 5 años que establece la ley de arrendamientos urbanos, se suelen alquilar por 1 año y se va prorogando. En el caso de que el inquilino mejore su situacion economica y se pase de ciertos limites economicos deberá dejar la viienda en alquiler. |
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pipiolo Administrador


Registrado: Dec 13, 2003 Mensajes: 1213
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Publicado: Mie, 16 Nov 2005 8:21 pm Asunto: |
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Bien presto, excelente respuesta!! clara y precisa.
A ver si conseguimos que te registres y que sigas participando asiduamente como hasta ahora. Saludos.  _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda) |
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