Publicado: Vie, 18 Nov 2005 5:33 pmAsunto: SUPERURGENTE VENTA VPO MADRID
Buenas tardes a todos,
Nos encontramos en un gran problema. Queremos vender una vivienda vpo con calificacion definitiva de enero del año 1982 y hemos encontrado un comprador, hemos realizado hace un mes el contrato de arras y ayer cuando ibamos a firmar las escrituras nos hemos enterado de la nueva ley de la CAM.
Tanto el comprador como nosotros queremos realizar la operacion y ambos actuamos de buena fe pero no sabemos como.
1.¿Tras 23 años esta la casa descalificada?
2.En caso contrario que podemos hacer?
3.Existe la posibilidad que la CAM nos niegue la descalificacion o que se quede con la casa
4.En todo caso que podemos hacer si no podemos realizar la venta.
No se si ayudara, pero los propietarios de la casa somos ambos mayores de 65 años.
Os ruego toda vuestra ayuda, ya que tanto el comprador ha vendido su casa como nosotros hemos dado la señal para una nueva donde pensabamos pasar nuestra jubilación. Si podeis darnos el telefono de algun especialista en la materia os lo agradeceriamos.
En principio todas las vpo posteriores a 1978 tienen que solicitar la renuncia del derecho tanteo y retracto de la Comunidad de Madrid, las posibilidades que ejerzan el derecho de tanteo sobre una vivienda de 23 años de antiguedad es escasa, ahora bien, nadie te va a asegurar al 100% lo que la Comunidad va a hacer.
La mejor manera de vender vuestra vivienda es solicitar la descalificación, informaros en la C/Maudes.
Publicado: Vie, 18 Nov 2005 5:51 pmAsunto: Re: SUPERURGENTE VENTA VPO MADRID
Hola alricomail
Como ya he advertido a otr@s foreros solo respondo en teoria. La práctica es otra historia sobre la que solo pueden aconsejarte los profesionales.
1.¿Tras 23 años esta la casa descalificada? NO. La descalificación es a instancia del propietario y con resolución expresa -y discrecional- de la administración.
2.En caso contrario que podemos hacer? Solo conozco dos opciones legales:
a) Solicitar el permiso de venta -y renuncia del tanteo de la CAM- y vender a precio oficial.
b) Solicitar la descalificación de la vivienda (que incluye la renuncia del tanteo de la CAM) y vender a precio libre.
3.Existe la posibilidad que la CAM nos niegue la descalificacion o que se quede con la casa? SI, la CAM tiene potestad discrecional para descalificar (motivada pero discrecional). Y también puede ejercer el derecho a tanteo (dudo que lo ejerza sobre una vivienda del 82)
4.En todo caso que podemos hacer si no podemos realizar la venta. No lo sé: l@s compañer@s profesionals del foro ya te responderan.
Salutacions
PS: seria muy interesante que explicaras lo que comentas que cuando fuisteis al notario os enterasteis de la nueva orden de la CAM. Podria servir para tod@s l@s forer@s. Gracias