VPO Andalucía: NUEVA INSTRUCCION INMINENTE ANTES 20 ENERO
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VPO Andalucía: NUEVA INSTRUCCION INMINENTE ANTES 20 ENERO: Forums

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NUEVA INSTRUCCION INMINENTE ANTES 20 ENERO

 
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Autor Mensaje
pericoff
Invitado





MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 1:30 pm    Asunto: NUEVA INSTRUCCION INMINENTE ANTES 20 ENERO

sEGÚN cANAL SUR, FUENTE MÁS QUE FIABLE POR SER INSTRUMENTO DE COMUNICACION DE LA JUNTA, ANTES DEL 20 DE ENERO APARECERA UNA NUEVA INSTRUCCION QUE MARCARA LA DELGADA LINEA ROJA, VAMOS QUIEN SE LIBRA DE LA LEY Y QUIEN SE ARRUINA.

lA NOTICIA COMPLETA EN

http://www.geocities.com/vpoandalucia/ulthora.htm


SALUDOS
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Especulador
Invitado





MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 2:24 pm    Asunto:

Según me han contado (gente de dentro) el límite lo van a poner en el año 91.
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carla
Invitado





MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 6:07 pm    Asunto:

Buenas tardes:

hoy he llamado a la junta de la delegacion de huelva y una chica muy amable me ha informado que tienen una nueva istruccion que salio ayer que es:

que todo primer propietario de una vivienda de vpo que haya trascurido los 10 años puede vender pidiendo autorizacion de venta por el valor maximo e indicando el comprador de la misma y le he preguntado por el tanteo y retracto y me ha dicho que si en mis escrituras si no pone nada no la van ha ejercer.

Ademas mi compañero tiene otra vivienda de vpo y le he preguntado, el es el primer propietario tambien pero su vivienda no tiene 10 años sino 8 años y en sus escrituras indica que la ley de tanteo y retracto caducaba antes que la fecha de las escituras por que hera desde que la constructora comprara los terrenos e hizo los 10 años en 19/11/2005, la funcionaria me ha dicho que tambien la puede vender pidiento autorizacion de venta por el precio maximo e indicando los datos del comprador y como en sus escrituras ya caduco el tanteo y retracto no lo ejercerian tampoco.

a alguien que haya ido hoy le han dicho lo mismo?confirmarmelo por fa.

detas formas ire mañana personalmente a confirmarlo.
saludos carla
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Invitado






MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 8:30 pm    Asunto:

eso mismo me han dicho a mi en la delegción de Cádiz ,en mis escrituras pone 5 ños y nada de tanteo y retracto y que bueno tan solo tenia que comunicar la venta con datos de vendedor y comprador eso si que este cumpla requisitos vpo .
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NAMAR9988
Moderador
Moderador


Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 9:37 pm    Asunto:

Especulador escribió:
Según me han contado (gente de dentro) el límite lo van a poner en el año 91.


Quince años. El plazo-tipo mínimo para solicitar la Descalificación...

¿Fue el Conde de Lampedusa quien dijo lo de "es preciso que todo cambie para que todo permanezca como está"...? ¿Ó fue directamente cosa de Visconti?
Un saludo. Smile
_________________
Ana S.T.
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los_panolis
Usuario
Usuario


Registrado: Jan 11, 2006
Mensajes: 25

MensajePublicado: Mie, 18 Ene 2006 10:02 pm    Asunto:

carla escribió:
Buenas tardes:

hoy he llamado a la junta de la delegacion de huelva y una chica muy amable me ha informado que tienen una nueva istruccion que salio ayer que es:

que todo primer propietario de una vivienda de vpo que haya trascurido los 10 años puede vender pidiendo autorizacion de venta por el valor maximo e indicando el comprador de la misma y le he preguntado por el tanteo y retracto y me ha dicho que si en mis escrituras si no pone nada no la van ha ejercer.

Ademas mi compañero tiene otra vivienda de vpo y le he preguntado, el es el primer propietario tambien pero su vivienda no tiene 10 años sino 8 años y en sus escrituras indica que la ley de tanteo y retracto caducaba antes que la fecha de las escituras por que hera desde que la constructora comprara los terrenos e hizo los 10 años en 19/11/2005, la funcionaria me ha dicho que tambien la puede vender pidiento autorizacion de venta por el precio maximo e indicando los datos del comprador y como en sus escrituras ya caduco el tanteo y retracto no lo ejercerian tampoco.

a alguien que haya ido hoy le han dicho lo mismo?confirmarmelo por fa.

detas formas ire mañana personalmente a confirmarlo.
saludos carla


¿Debe aparecer eso del tanteo y retracto en las escrituras de la vivienda? En las mias no aparece nada de eso. O estoy perdiendo mis facultades o es que no quiero leerlo por no aceptar la dura realidad. ¿Si no aparece no hay tanteo y retracto? no me lo creo, no puede ser tan sencillo
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Invitado






MensajePublicado: Jue, 19 Ene 2006 7:28 am    Asunto:

los_panolis escribió:
carla escribió:
Buenas tardes:

hoy he llamado a la junta de la delegacion de huelva y una chica muy amable me ha informado que tienen una nueva istruccion que salio ayer que es:

que todo primer propietario de una vivienda de vpo que haya trascurido los 10 años puede vender pidiendo autorizacion de venta por el valor maximo e indicando el comprador de la misma y le he preguntado por el tanteo y retracto y me ha dicho que si en mis escrituras si no pone nada no la van ha ejercer.

Ademas mi compañero tiene otra vivienda de vpo y le he preguntado, el es el primer propietario tambien pero su vivienda no tiene 10 años sino 8 años y en sus escrituras indica que la ley de tanteo y retracto caducaba antes que la fecha de las escituras por que hera desde que la constructora comprara los terrenos e hizo los 10 años en 19/11/2005, la funcionaria me ha dicho que tambien la puede vender pidiento autorizacion de venta por el precio maximo e indicando los datos del comprador y como en sus escrituras ya caduco el tanteo y retracto no lo ejercerian tampoco.

a alguien que haya ido hoy le han dicho lo mismo?confirmarmelo por fa.

detas formas ire mañana personalmente a confirmarlo.
saludos carla


¿Debe aparecer eso del tanteo y retracto en las escrituras de la vivienda? En las mias no aparece nada de eso. O estoy perdiendo mis facultades o es que no quiero leerlo por no aceptar la dura realidad. ¿Si no aparece no hay tanteo y retracto? no me lo creo, no puede ser tan sencillo



Si no aparece es que no tiene esa carga. Muchas viviendas de VPO de promoción privada no la tienen, o mejor dicho: no la tenían. Ahora con la Ley retroactiva sí. De ahí el problema.
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