Publicado: Mie, 18 Ene 2006 2:30 pmAsunto: Separación paraeja adjudicataria de VPP
Buenos días a todos, a continuación os planteo la situación en la que me encuentro para ver si alguien puede aportarme alguna solución:
he resultado adjudicatario de una VPP en la última convocatoria de la EMV. A dicha convocatoria concurrí con mi anterior pareja como unidad convivencial, pero ahora mismo, aunque cordial, la relacción de pareja ha finalizado. Ella está dispuesta a cederme el disfrute de la vivienda a cambio de una compensación económica, pero, obviamente, la vivienda tendría que escriturarse inicialmente también a su nombre. ¿Existe alguna posibilidad tras la escrituración y mediante un contrato privado de "atar" esa renuncia por su parte?. En caso de que la respuesta fuese negativa y que sólo quedase como opción la renuncia de ambos al piso, ¿podría presentarme a futuras convocatorias de la EMV notificando mi cambio de unidad familiar? Muchas gracias a todos por anticipado.
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Mie, 18 Ene 2006 6:46 pmAsunto:
Hola ¿AFORTUNADO?
´Sí, podeis pactar en privado la cesión; te servirá para, si un dia es posible, poner la vivienda sólo a tu nombre. Intenta que se apoye en un Poder General (sobre la vivienda) que tu ex te dé ante Notario permitiéndote a ejercer y obrar libremente, en su nombre, sobre su parte de la vivienda (trata de que sea con carácter indefinido; antes eran todos así, ahora los Notarios intentan que sean por un año...con lo que eso supone si hay que estar renovándolos anualmente si ya no hay una relación continuada ó si quien da el poder se va a vivir fuera).
Si el préstamo para pagarlo se carga en una cuenta a nombre de los dos (que es posible), haz los pagos mediante trasferencia permanente desde otra que sólo esté a tu nombre y mejor si es donde tienes domiciliada la nómina. Con ello, evitarás posibles reclamaciones posteriores por parte de alguien con quien ahora mantienes aún una buena relación, pero...
Y, si puedes y la vivienda te interesa, intenta no tener que renunciar a ella: es probable que eso derive en que no puedas optar a otra, e, incluso, no puedas comprarla de segundamano (VPO, me refiero).
Un saludo y suerte _________________ Ana S.T.
¿Hacer eso no implicaría que su pareja ya no pueda ser adjudicataria de otra VPO al no cumplir los requisitos de acceso? Porque en las escrituras la vivienda seguiría estando a nombre de ella también, ¿no?
Registrado: Jun 07, 2005 Mensajes: 2289 Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)
Publicado: Vie, 20 Ene 2006 6:21 pmAsunto:
Mid escribió:
Una duda acerca de este tema...
¿Hacer eso no implicaría que su pareja ya no pueda ser adjudicataria de otra VPO al no cumplir los requisitos de acceso? Porque en las escrituras la vivienda seguiría estando a nombre de ella también, ¿no?
--Mid
Hola MID.
Pues sí (los americanos lo llamarían "daños colaterales" ). Pero es que su pareja, sea cual sea la solución, ya pierde las opciones de volver a ser candidata a "recibir" una VPO: renuncien juntos ó por separado, y si consta como titular registral, por supuesto que no puede optar a otra; cosa que creí quedaba sobreentendida, por eso no lo mencioné.
Gracias por mencionarlo tú , igual había más gente con esa duda...
Un saludo _________________ Ana S.T.
su pareja, sea cual sea la solución, ya pierde las opciones de volver a ser candidata a "recibir" una VPO: renuncien juntos ó por separado, y si consta como titular registral, por supuesto que no puede optar a otra
Gracias por aclarar un poco más el tema.
Lo que yo no sabía es que si renuncias a una VPO, ya no puedes volver a ser adjudicatario. ¿Esto es siempre así en las viviendas de la EMV? Porque supongo que, por ejemplo, a través de cooperativa no habría este problema (el de haber renunciado), ¿no?
Y para el tema de ser titular en el registro, ¿no habría ninguna manera legal de evitarlo? ¿cediendo el uso y disfrute de la vivienda a alguien o algo así?
Lo que tengo entendido es que si tienes una VPO con tu pareja y por sentencia de separación pierdes el uso y disfrute de la misma (aunque sigas siendo dueño de una mitad) sí que podrías acceder a otra VPO, ¿no?