VPO / VPP - Vivienda de Protección Oficial: Queja al defensor del pueblo
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VPO / VPP - Vivienda de Protección Oficial: Queja al defensor del pueblo: Forums

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Queja al defensor del pueblo
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Autor Mensaje
Javi2
Invitado





MensajePublicado: Dom, 20 Nov 2005 11:04 am    Asunto: Queja al defensor del pueblo

Hola.

El otro día vi a alquien que puso un post sugiriendo una queja al Defensor del pueblo. Como no me dormía, me puse a escribir. Hoy lo he mandado. Supongo que no servirá de nada, pero por lo menos he dicho lo que pienso.

Un saludo,

Javi.

Madrid, 20 de noviembre de 2005


Estimado Defensor del Pueblo,

El motivo de la queja que le remito es la Orden 2907/05, de 23 de Septiembre, emitida por la Comunidad de Madrid, y que delimita a favor de la mencionada Comunidad derecho de tanteo y retracto en la segunda y posteriores transmisiones de Vivienda Protegida en determinados municipios de la Comunidad de Madrid. Mi impresión personal es que se está tratando de legislar de cara a la galería con un tema tan sensible como la vivienda sin tener en cuenta los enormes perjuicios que se están ocasionando al colectivo de propietarios de vivienda protegida, que parecen ser los culpables del incremento de precios y de la especulación inmobiliaria. Le expongo mis comentarios al respecto:


1. Hasta la entrada en vigor de la Orden 2907/05, se han estado efectuando transmisiones de VPO con más de 5 años de antigüedad sin ningún tipo de traba por parte de la comunidad de Madrid, aún a sabiendas de que los precios por los que se escrituran están totalmente desfasados con los del mercado.

2. La nueva normativa supone una discriminación de facto por razón del lugar de residencia entre los propietarios de vivienda protegida en las zonas delimitadas por la Orden 2907/05 de la Comunidad de Madrid. ¿por qué pueden seguir efectuando transmisiones onerosas sin autorización ni derecho de tanteo las personas que no residen en las áreas delimitadas?. Honestamente, creo que la Comunidad debería legislar por igual para todos los ciudadanos.

3. La Orden 2907/05 regula de manera retroactiva en perjuicio de los propietarios de vivienda protegida. De haber sido así la legislación desde un principio, quizá mucha gente se lo habría pensado dos veces antes de comprar una VPO de promoción privada. En mi modesto entender, no se puede legislar con efectos retroactivos en perjuicio del administrado. Las personas que compraron estas viviendas lo hicieron en un marco legislativo determinado, que se está modificando constantemente en perjuicio suyo.

4. Muchas de las viviendas han estado sujetas a un tanteo convencional a favor de alguna institución pública durante los primeros 8 o 10 años. Los compradores compraron sabiendo esto, pero ahora se encuentran con un tanteo indefinido que sólo puede ser evadido legalmente si se descalifica la vivienda (acto a voluntad de la administración) una vez transcurridos 15 años (período que también se extendió con efectos retroactivos por el anterior gobierno.

5. En muchas localidades de las incluidas en la Orden, principalmente en la zona sur, hay barrios en los que el parque de vivienda usada de entre 5 y 12 años de antigüedad se compone en su mayor parte de viviendas con algún tipo de protección. Esta medida provocará que no se transmitan VPO y, por ende, que suba el precio de las viviendas libres, efecto contrario al que supuestamente persigue. ¿Qué puede hacer el que quiere vivir en su localidad de origen? ¿Pagar 300.000 € por un piso de 70m2 y 25 años?

6. Muchas de las viviendas afectadas por esta Orden se han transmitido incluso varias veces en los años que llevan construidas. Quienes verdaderamente se han lucrado con estas transmisiones, que son las personas a las que se adjudicó fraudulentamente este tipo de vivienda por clientelismos políticos, no han sufrido ningún impedimiento por parte de las Administraciones Públicas para transmitirlas. Quienes ahora necesitan por razón de cambio de trabajo o por variación de sus circunstancias familiares cambiar de residencia, quedan atrapados por la presente Orden.

7. Por poner un ejemplo ilustrativo, una persona soltera de 25 años que hace 8 años compró una VPO de promoción privada de 60 m2 y 2 habitaciones, que se ahorraba una cantidad irrisoria en comparación con acudir a una de renta libre (generalmente con mejores calidades que la VPO), que tomó la decisión de comprar la VPO porque le gustaba más la zona o por proximidad a su familia y que simplemente se benefició de la exención del ITP, ahora, 8 años después, casada y con 3 hijos está condenada a vivir en su vivienda actual porque:

· Ha invertido en su vivienda varios millones de pesetas para sustituir la cocina, baños, etc.. ya que lo que recibió era de una calidad ínfima, norma común en VPO.
· No es posible descalificar la vivienda hasta transcurridos 15 años, cuando resulta que eran 10 cuando compró.
· No puede optar a otra vivienda protegida de mayores dimensiones porque, “desafortunadamente”, ha mejorado su situación laboral y ambos cónyuges trabajan para sacar adelante dignamente su familia. Y aunque pudiese, ¿dónde y cuando?
· No puede vender la vivienda como se ha hecho hasta hace un mes porque la Comunidad amenaza con ejercer el tanteo y recibirá unos 90.000 € con los que no le llega para nada.
· ¿Puede usted decirme qué debe hacer esta familia?


8. Desde la entrada en vigor de la norma, la información facilitada por la comunidad de Madrid ha sido, en el mejor de los casos, deficiente. Muchas de las personas afectadas se han enterado cuando el notario se ha negado a formalizar la compra o venta. El día 11 de Noviembre ha publicado el diario www.elconfidencial.com un artículo del que le adjunto copia en el que Juan Blasco Martínez, Director de Arquitectura y Vivienda de la CAM, afirma lo que ejecutarán el tanteo donde intuyan fraude. Entrecomillan lo siguiente:

“ Por ejemplo, una solicitud de venta de una vivienda protegida sólo dos meses de haber sido adjudicada resulta sospechosa “

Me parece correcta su reflexión, pero entonces ¿cuál es el criterio de aplicación de la norma? ¿ejecutamos el tanteo en los que creemos sospechosos? Cuanto es eso ¿dos meses? ¿dos años? ¿diez años? Esto es arbitrariedad pura y dura. El administrado debe saber a qué atenerse cuando consulta una norma, máxime cuando se está jugando el quedarse sin piso.

9. Hay muchas familias a las que esta norma a atrapado en el medio de una compraventa, familias que pueden perder su vivienda o importantes cantidades de dinero, familias que no pretenden lucrarse sino simplemente mejorar su nivel de vida. Familias que pagan impuestos. Soy el primero que piensa que todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna, pero también creo que todo el mundo tiene derecho a mejorar gracias a su esfuerzo. A mi modo de ver esta es una medida de imagen que no pretende solucionar el problema de la vivienda ni el problema de la especulación inmobiliaria, sino simplemente buscar cabezas de turco que exponer en la plaza pública sin que nadie, repito, NADIE, haga nada por atajar de raíz el problema: recalificaciones, comisiones y corrupción generalizada en las administraciones locales, que son las que han disparado el precio de la vivienda.



Por todo lo expuesto anteriormente, le ruego tome en consideración las siguientes propuestas:


· El tema de la vivienda en Madrid es sumamente complicado. No se puede solucionar con tres párrafos que perjudican a un determinado colectivo, sino que requiere una reflexión profunda y probablemente cambios en la legislación con un alcance mayor. Que los políticos solucionen ese problema con medidas reales que sean beneficiosas para la sociedad, y que no jueguen a ser un Robin Hood moderno quitando a unos para dar a otros. Esto es bonito para hacerse la foto, pero no ayuda a solucionar el problema. Quizá la solución pase porque la actuación en materia de Vivienda Pública se limite sólo al alquiler, pero lo que no es de recibo es conceder la propiedad bajo unas condiciones y luego cambiarlas en función de intereses políticos.

· No aplicar retroactivamente esta norma, sino a las nuevas promociones, de manera que los propietarios sepan qué están comprando y no estén sometidos a las decisiones políticas de los gobiernos de turno. Esta es la manera de legislar en los países serios.

· Las autoridades saben perfectamente desde hace muchos años que los precios marcados por las tablas oficiales para la compraventa de viviendas VPO usadas se incumplen sistemáticamente. Esto no es una novedad. ¿Qué se ha hecho?. NADA. Permitan entonces descalificar las viviendas en plazos más razonables de manera las transmisiones puedan efectuarse legalmente y que el erario público no se vea perjudicado; persigan el fraude, pero para todos por igual, no por razón de localidad de residencia.

· Las circunstancias personales y familiares cambian dramáticamente en 5 o 10 años. Si en esos 5 años el precio de la vivienda ha subido un 150% y las tablas de VPO un 35%, por ejemplo, no podemos condenar al propietario a que asuma ese desfase. Que los responsables políticos se pongan en la situación de familias como la que he puesto de ejemplo y mediten acerca de qué leyes están promulgando.


Atentamente,
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pipiolo
Administrador
Administrador


Registrado: Dec 13, 2003
Mensajes: 1213

MensajePublicado: Dom, 20 Nov 2005 12:03 pm    Asunto:

Esta es la dirección de Internet para formular quejas al Defensor del Pueblo
https://www.defensordelpueblo.es/index.asp?destino=/firma/

PD: No hay manera humana de encontrar en Internet al Ombudsman para la Comunidad de Madrid ¿Será que no es necesario? Confused
_________________
"El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
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invitada!!! te felicito p
Invitado





MensajePublicado: Mar, 22 Nov 2005 12:11 pm    Asunto: Re: Queja al defensor del pueblo

Javi2 escribió:
Hola.

El otro día vi a alquien que puso un post sugiriendo una queja al Defensor del pueblo. Como no me dormía, me puse a escribir. Hoy lo he mandado. Supongo que no servirá de nada, pero por lo menos he dicho lo que pienso.

Un saludo,

Javi.

Madrid, 20 de noviembre de 2005


Estimado Defensor del Pueblo,

El motivo de la queja que le remito es la Orden 2907/05, de 23 de Septiembre, emitida por la Comunidad de Madrid, y que delimita a favor de la mencionada Comunidad derecho de tanteo y retracto en la segunda y posteriores transmisiones de Vivienda Protegida en determinados municipios de la Comunidad de Madrid. Mi impresión personal es que se está tratando de legislar de cara a la galería con un tema tan sensible como la vivienda sin tener en cuenta los enormes perjuicios que se están ocasionando al colectivo de propietarios de vivienda protegida, que parecen ser los culpables del incremento de precios y de la especulación inmobiliaria. Le expongo mis comentarios al respecto:


1. Hasta la entrada en vigor de la Orden 2907/05, se han estado efectuando transmisiones de VPO con más de 5 años de antigüedad sin ningún tipo de traba por parte de la comunidad de Madrid, aún a sabiendas de que los precios por los que se escrituran están totalmente desfasados con los del mercado.

2. La nueva normativa supone una discriminación de facto por razón del lugar de residencia entre los propietarios de vivienda protegida en las zonas delimitadas por la Orden 2907/05 de la Comunidad de Madrid. ¿por qué pueden seguir efectuando transmisiones onerosas sin autorización ni derecho de tanteo las personas que no residen en las áreas delimitadas?. Honestamente, creo que la Comunidad debería legislar por igual para todos los ciudadanos.

3. La Orden 2907/05 regula de manera retroactiva en perjuicio de los propietarios de vivienda protegida. De haber sido así la legislación desde un principio, quizá mucha gente se lo habría pensado dos veces antes de comprar una VPO de promoción privada. En mi modesto entender, no se puede legislar con efectos retroactivos en perjuicio del administrado. Las personas que compraron estas viviendas lo hicieron en un marco legislativo determinado, que se está modificando constantemente en perjuicio suyo.

4. Muchas de las viviendas han estado sujetas a un tanteo convencional a favor de alguna institución pública durante los primeros 8 o 10 años. Los compradores compraron sabiendo esto, pero ahora se encuentran con un tanteo indefinido que sólo puede ser evadido legalmente si se descalifica la vivienda (acto a voluntad de la administración) una vez transcurridos 15 años (período que también se extendió con efectos retroactivos por el anterior gobierno.

5. En muchas localidades de las incluidas en la Orden, principalmente en la zona sur, hay barrios en los que el parque de vivienda usada de entre 5 y 12 años de antigüedad se compone en su mayor parte de viviendas con algún tipo de protección. Esta medida provocará que no se transmitan VPO y, por ende, que suba el precio de las viviendas libres, efecto contrario al que supuestamente persigue. ¿Qué puede hacer el que quiere vivir en su localidad de origen? ¿Pagar 300.000 € por un piso de 70m2 y 25 años?

6. Muchas de las viviendas afectadas por esta Orden se han transmitido incluso varias veces en los años que llevan construidas. Quienes verdaderamente se han lucrado con estas transmisiones, que son las personas a las que se adjudicó fraudulentamente este tipo de vivienda por clientelismos políticos, no han sufrido ningún impedimiento por parte de las Administraciones Públicas para transmitirlas. Quienes ahora necesitan por razón de cambio de trabajo o por variación de sus circunstancias familiares cambiar de residencia, quedan atrapados por la presente Orden.

7. Por poner un ejemplo ilustrativo, una persona soltera de 25 años que hace 8 años compró una VPO de promoción privada de 60 m2 y 2 habitaciones, que se ahorraba una cantidad irrisoria en comparación con acudir a una de renta libre (generalmente con mejores calidades que la VPO), que tomó la decisión de comprar la VPO porque le gustaba más la zona o por proximidad a su familia y que simplemente se benefició de la exención del ITP, ahora, 8 años después, casada y con 3 hijos está condenada a vivir en su vivienda actual porque:

· Ha invertido en su vivienda varios millones de pesetas para sustituir la cocina, baños, etc.. ya que lo que recibió era de una calidad ínfima, norma común en VPO.
· No es posible descalificar la vivienda hasta transcurridos 15 años, cuando resulta que eran 10 cuando compró.
· No puede optar a otra vivienda protegida de mayores dimensiones porque, “desafortunadamente”, ha mejorado su situación laboral y ambos cónyuges trabajan para sacar adelante dignamente su familia. Y aunque pudiese, ¿dónde y cuando?
· No puede vender la vivienda como se ha hecho hasta hace un mes porque la Comunidad amenaza con ejercer el tanteo y recibirá unos 90.000 € con los que no le llega para nada.
· ¿Puede usted decirme qué debe hacer esta familia?


8. Desde la entrada en vigor de la norma, la información facilitada por la comunidad de Madrid ha sido, en el mejor de los casos, deficiente. Muchas de las personas afectadas se han enterado cuando el notario se ha negado a formalizar la compra o venta. El día 11 de Noviembre ha publicado el diario www.elconfidencial.com un artículo del que le adjunto copia en el que Juan Blasco Martínez, Director de Arquitectura y Vivienda de la CAM, afirma lo que ejecutarán el tanteo donde intuyan fraude. Entrecomillan lo siguiente:

“ Por ejemplo, una solicitud de venta de una vivienda protegida sólo dos meses de haber sido adjudicada resulta sospechosa “

Me parece correcta su reflexión, pero entonces ¿cuál es el criterio de aplicación de la norma? ¿ejecutamos el tanteo en los que creemos sospechosos? Cuanto es eso ¿dos meses? ¿dos años? ¿diez años? Esto es arbitrariedad pura y dura. El administrado debe saber a qué atenerse cuando consulta una norma, máxime cuando se está jugando el quedarse sin piso.

9. Hay muchas familias a las que esta norma a atrapado en el medio de una compraventa, familias que pueden perder su vivienda o importantes cantidades de dinero, familias que no pretenden lucrarse sino simplemente mejorar su nivel de vida. Familias que pagan impuestos. Soy el primero que piensa que todo el mundo tiene derecho a una vivienda digna, pero también creo que todo el mundo tiene derecho a mejorar gracias a su esfuerzo. A mi modo de ver esta es una medida de imagen que no pretende solucionar el problema de la vivienda ni el problema de la especulación inmobiliaria, sino simplemente buscar cabezas de turco que exponer en la plaza pública sin que nadie, repito, NADIE, haga nada por atajar de raíz el problema: recalificaciones, comisiones y corrupción generalizada en las administraciones locales, que son las que han disparado el precio de la vivienda.



Por todo lo expuesto anteriormente, le ruego tome en consideración las siguientes propuestas:


· El tema de la vivienda en Madrid es sumamente complicado. No se puede solucionar con tres párrafos que perjudican a un determinado colectivo, sino que requiere una reflexión profunda y probablemente cambios en la legislación con un alcance mayor. Que los políticos solucionen ese problema con medidas reales que sean beneficiosas para la sociedad, y que no jueguen a ser un Robin Hood moderno quitando a unos para dar a otros. Esto es bonito para hacerse la foto, pero no ayuda a solucionar el problema. Quizá la solución pase porque la actuación en materia de Vivienda Pública se limite sólo al alquiler, pero lo que no es de recibo es conceder la propiedad bajo unas condiciones y luego cambiarlas en función de intereses políticos.

· No aplicar retroactivamente esta norma, sino a las nuevas promociones, de manera que los propietarios sepan qué están comprando y no estén sometidos a las decisiones políticas de los gobiernos de turno. Esta es la manera de legislar en los países serios.

· Las autoridades saben perfectamente desde hace muchos años que los precios marcados por las tablas oficiales para la compraventa de viviendas VPO usadas se incumplen sistemáticamente. Esto no es una novedad. ¿Qué se ha hecho?. NADA. Permitan entonces descalificar las viviendas en plazos más razonables de manera las transmisiones puedan efectuarse legalmente y que el erario público no se vea perjudicado; persigan el fraude, pero para todos por igual, no por razón de localidad de residencia.

· Las circunstancias personales y familiares cambian dramáticamente en 5 o 10 años. Si en esos 5 años el precio de la vivienda ha subido un 150% y las tablas de VPO un 35%, por ejemplo, no podemos condenar al propietario a que asuma ese desfase. Que los responsables políticos se pongan en la situación de familias como la que he puesto de ejemplo y mediten acerca de qué leyes están promulgando.


Atentamente,
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INVITADA! AFECTADÍSIMA!
Invitado





MensajePublicado: Mar, 22 Nov 2005 12:15 pm    Asunto:

TE FELICITO,POR TU APORTACIÓN AL FORO,POR TU INTERVENCIÓN ME HE SENTIDO TOTALMENTE IDENTIFICADA CON LO QUE HAS EXPUESTO CON TANTA CLARIDAD! QUE SEPAS QUE A PARTE DE QUE TU QUEJA ,LLEGUE O NO AL DEFENSOR DEL PUEBLO,HAS AYUDADO MUCHO A LAS PERSONAS QUE COMO YO ESTAMOS EN ESA ESTRESADA Y COMPLICADA SITUACIÓN.PIENSO ENVIAR ESTA MISMA CARTA AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE MI COMUNIDAD(CATALUÑA) UN MILLÓN DE GRACIAS.
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Javi2
Invitado





MensajePublicado: Mar, 22 Nov 2005 3:52 pm    Asunto: No tienes que hacer mas que poner la misma queja...

Hola.

En www.defensordelpueblo.es puedes poner la queja. Si quieres, puedes cortar y pegar la mía y poner tu aportación particular. Cualquiera puede hacerlo. Creo que cuantas más quejas le lleguen en el mismo sentido, más valor tendrá...

Bye!

INVITADA! AFECTADÍSIMA! escribió:
TE FELICITO,POR TU APORTACIÓN AL FORO,POR TU INTERVENCIÓN ME HE SENTIDO TOTALMENTE IDENTIFICADA CON LO QUE HAS EXPUESTO CON TANTA CLARIDAD! QUE SEPAS QUE A PARTE DE QUE TU QUEJA ,LLEGUE O NO AL DEFENSOR DEL PUEBLO,HAS AYUDADO MUCHO A LAS PERSONAS QUE COMO YO ESTAMOS EN ESA ESTRESADA Y COMPLICADA SITUACIÓN.PIENSO ENVIAR ESTA MISMA CARTA AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE MI COMUNIDAD(CATALUÑA) UN MILLÓN DE GRACIAS.
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santy
Usuario
Usuario


Registrado: Nov 23, 2005
Mensajes: 15

MensajePublicado: Jue, 15 Dic 2005 2:34 pm    Asunto:

Yo ya he puesto mi queja y tambien me han contestado que seguiran el asunto y me mantendran informado.
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ms
Invitado





MensajePublicado: Jue, 15 Dic 2005 6:58 pm    Asunto:

Buenas tardes.

Estoy intentando mandar una queja a el defensor del pueblo al igual que parte de los compañeros foreros, el problema es que no me permite rellenar la población por lo que no me deja enviar la queja por faltarme ese dato. ¿ os ha pasado esto a vosotros?

Por cierto la queja en este foro expuesta me parece muy clara, precisa,
lógica y muy bien escrita. Te felicito. Y te desde aqui te pido poder mandar la misma en mi queja.


Animo a todos los propietarios de vivienda protegida que manden este u otro escrito a el defdensor del pueblo, no lleva más que un par de minutos y no te obliga ni te compromete en nada.

Gracias.
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AntonioMadrid
Invitado





MensajePublicado: Vie, 16 Dic 2005 11:39 pm    Asunto: FELICIDADES !!

Enhorabuena Javi2, tu carta deberia ser la cabecera en todos los hilos de este foro, has explicado a la perfeccion lo que yo he intentado hacer ver a muchos en intervenciones en distintos hilos. De verdad me alegra muchisimo poder comprobar y a su vez demostrar a quien todos sabemos...., que no somos tan tontos como para ser pisoteados y encima que luego vayan a pretender hacer publico que por fin van a acabar con los "malos" de la especulacion inmobiliaria de este pais.

Reitero mis FELICIDADES.

Un saludo a todos nuevamente.
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pacol
Asiduo
Asiduo


Registrado: Nov 18, 2005
Mensajes: 80

MensajePublicado: Sab, 17 Dic 2005 1:00 am    Asunto:

Pues yo también he mandado una queja. Espero que me perdonéis, porque he escrito mi propio texto Laughing :

Cita:
Mi queja está relacionada con la Orden 2907/2005, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y con la falta de transparencia de dicha Administración autonómica a la hora de informar a los ciudadanos e incluso a notarios y registradores de la propiedad sobre su aplicación, lo cual está produciendo una injustificable paralización en la venta de este tipo de viviendas en segundas y sucesivas transmisiones.

Dicha Orden entró en vigor el 14 de octubre de 2005. Hasta entonces, sólo era necesario pedir autorizaciones de venta de viviendas con algun tipo de protección pública durante los primeros cinco años (en algunos casos, especialmente de planes recientes, el plazo puede ser mayor). Desde la publicación de la Orden, la Comunidad de Madrid parece estar dando a entender que esa autorización se ha de pedir siempre, mientras que la Orden sólo estipula claramente que es obligatorio notificar la intención de enajenar la vivienda (algo que está en vigor desde que la Ley 9/2003 de la Comunidad de Madrid reformó la Ley del Suelo de la misma Comunidad, esto es, desde abril de 2003). Esto es muy importante, porque, siempre según la Comunidad de Madrid, el plazo de que dispone para autorizar una venta es de seis meses y además el silencio administrativo es negativo, con lo cua,l si no se contesta la solicitud, ésta queda desestimada.

La Orden, por principio de jerarquía normativa no puede modificar las normas legales que hasta entonces regulaban este tipo de transacciones (la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid y los decretos a los que se acogen las Viviendas). Por lo tanto, si no ha existido tal modificación, ¿por qué ahora la Comunidad de Madrid dice que sí hay que pedir autorización siempre? Además, la mencionada Orden se refiere a una serie de municipios de la Comunidad. Según informa esta administración autonómica, la autorización (siempre me estoy refiriendo a viviendas de las que ya han pasado más de cinco años desde la calificación definitiva) sólo se ha de pedir en los municipios mencionados en la Orden. ¿Por qué se establece esta diferencia basada únicamente en la localización geográfica que crea una grave discriminación?

Como ya he indicado más arriba, la Orden sólo viene a concretar algo que ya estaba en vigor desde abril de 2003 y que la Comunidad de Madrid no estaba pidiendo: que siempre se notificase la transmisión de una vivienda que estuviese sometida a los derechos de tanteo y retracto establecidos en el artículo 181 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. En la Orden se describe el trámite que se ha de seguir y dónde se han de notificar tanto el propósito de enajenar la vivienda como la transacción una vez realizada. En ninguna de sus disposiciones se indica que la obligación de pedir autorización se haya extendido de forma indefinida. Como antes les he mencionado, esto es muy importante porque para la autorización la Comunidad de Madrid tiene seis meses y el silencio administrativo es negativo, mientras que para el ejercicio del derecho de tanteo el plazo es de tres meses y el silencio administrativo implica la renuncia al este derecho por parte de la Comunidad de Madrid.

Cuando los ciudadanos nos dirigimos a pedir información a la Consejería lo único que se nos dice es que no están tramitando ningún expediente porque están colapsados y que por lo tanto los permisos están paralizados y también otra cosa sobre la cual quiero expresar mi queja. Se nos está diciendo que si, una vez la Comunidad de Madrid indique que quiere ejercer el derecho de tanteo nosotros no quisiéramos vender, nos llevarían a los tribunales para obligarnos a firmar las escrituras a su favor. En ningún sitio indican en qué norma legal se basan para sustentar esta amenaza. Parece ser que dan por hecho que sólo con notificar que se quiere vender la vivienda el ciudadano está adquiriendo un compromiso de venta que, si no cumple, es denunciable ante los tribunales.

Aún añadiría otro motivo de queja: el párrafo segundo del artículo 181 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid indica que "el plazo máximo de sujección de las transmisiones al ejercicio de los derechos de tanteo y retracto será de ocho años, a contar desde la aprobación de la correspondiente delimitación." La Orden hace distinciones entre la primera y la segunda y sucesivas transmisiones de las viviendas, pero la Ley del Suelo no. ¿Dura, pues, ocho años la sujección de estas transmisiones al ejercicio de tanteo? Si es así, ¿por qué entonces desde la Comunidad de Madrid se está dando a entender ahora que esa sujección es indefinida?

Me parecen positivas todas las medidas que se tomen contra los fraudes en la venta de viviendas protegidas, pero ello no debería hacerse confundiendo a los ciudadanos o de creando trabas burocráticas en la tramitación de estas transmisiones.

Muchas gracias por su atención y un saludo.
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ms
Invitado





MensajePublicado: Sab, 17 Dic 2005 10:59 am    Asunto:

Yo por fin pude mandar mi queja al defensor del pueblo.

Felicidades a todos los que lo estais haciendo, espero que no caiga en saco roto y que hagan algo al respecto.

Por lo menos que la CAM no se pase por el forro la Constitución y todas las leyes de mayor orden que están vigentes.

Felices Fiestas.
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pipiolo
Administrador
Administrador


Registrado: Dec 13, 2003
Mensajes: 1213

MensajePublicado: Sab, 17 Dic 2005 8:26 pm    Asunto: Re: FELICIDADES !!

AntonioMadrid escribió:
Enhorabuena Javi2, tu carta deberia ser la cabecera en todos los hilos de este foro, ...


Me ha gustado la idea, lo fijo al principio del foro durante una temporada, luego ya lo quitaremos.
_________________
"El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
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nt
Moderador
Moderador


Registrado: Oct 29, 2005
Mensajes: 1121

MensajePublicado: Sab, 17 Dic 2005 11:15 pm    Asunto:

Buenas noches a tod@s

Me parece perfecto que tire adelante esta iniciativa: es una de las pocas acciones gratuitas que "pone las pilas" a la administración.

Solo dos sugerencias para si alguien más se decide a escribir y pensando en cual es el papel del Defensor y el efecto que puede tener su acción -pacol ya lo ha recogido parcialmente en su escrito-:

-Insistir en la motivación. Que la CAM se vea forzada a publicar los criterios que va a utilizar para usar o no el derecho de tanteo/retracto.

-El tema "caos administrativo": calidad de la información que se está ofreciendo, colas (¿es cierto que solo atienden los miércoles??? Shocked ) demoras, orden de resolución de expedientes etc.

Pienso que si añadis estos dos elementos en vuestra queja al Defensor (además de todos los que creais convenientes) estais propiciando su intervención.

Salutacions
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jose Antonio aranda
Invitado





MensajePublicado: Dom, 18 Dic 2005 8:35 pm    Asunto: UN ATRAPADO MAS EN TODO ESTE ASUNTO DE COMPRAVENTA

EN PRIMER LUGAR FELICITAR A LOS PROPIETARIOS DE LOS TEXTOS QUE HE LEIDO Y QUE FRANCAMENTE EXPLICAN MUY CLARAMENTE LA REALIDAD QUE ESTA OCURRIENDO. ES DE ACLARAR QUE EVIDENTEMENTE LOS POLITICOS DE HOY NO TIENEN NI IDEA DE LA CRUDA REALIDAD DE ESTA SOCIEDAD CUANDO PUBLICAN LEYES DE ESTE CALIBRE Y TALANTE. FELICIDADES Y PIENSO EXPRESAR MI MAS ENERGICA CONDENA A LA PROMULGACION DE ESTA FABULOSA LEY 13.

POR SUPUESTO QUE VOY A MANDAR UNA RECLAMACION CON TODA LA DE LA LEY AL DEFENSOR DEL PUEBLO ANDALUZ.

HAY QUE GRITAR PARA QUE SE NOS OIGA.

UN ATRAPADO MAS.
FELICIDADES
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Invitado






MensajePublicado: Lun, 19 Dic 2005 3:34 pm    Asunto: Re: FELICIDADES !!

pipiolo escribió:
AntonioMadrid escribió:
Enhorabuena Javi2, tu carta deberia ser la cabecera en todos los hilos de este foro, ...


Me ha gustado la idea, lo fijo al principio del foro durante una temporada, luego ya lo quitaremos.


GRACIAS PIPIOLO.

Saludos.
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Javi2
Invitado





MensajePublicado: Mar, 20 Dic 2005 8:09 pm    Asunto: Me alegro!

Hola!

Me alegro de que más gente haya optado por formular una queja. Creo que cuantas más, mejor será. En principio no fue mas que un calentón por una noche de insomnio por el problema que tengo, pero espero que esto llegue a algo. Sería bueno que las quejas se centrasen en el Defensor del Pueblo del Estado Español, Enrique Múgica, y no dispersarlas. ¿no creéis?

¡Ánimo!
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