VPO Andalucía: casarme o no casarme?
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VPO Andalucía: casarme o no casarme?: Forums

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casarme o no casarme?

 
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Autor Mensaje
cristi
Invitado





MensajePublicado: Mar, 09 May 2006 7:41 pm    Asunto: casarme o no casarme?

Confused Confused unos cuantos amigos hemos constituido una cooperativa para relizar una autopromocion de vpo, tenemos la clificacion provisional y hemos firmado la adjudicacion de los pisos. como propitaria solo aparezco yo, pues lo estoy pagnado yo y soy soltera. La entrga de los pisos esta prevista para finales del 2007. Me quiero casar, mi novio no es propietario de ningun piso, pero si metemos los ingresos de los dos nos pasamos. La fecha de la boda la tenemos a finales de 2006. ¿Me quitarán la vivienda cuando llegue la calificacion definitiva y firmemos escrituras?
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Mary
Asiduo
Asiduo


Registrado: Mar 01, 2006
Mensajes: 61

MensajePublicado: Mie, 10 May 2006 12:50 pm    Asunto:

hola a todos,

Pues vaya como teneis eso de los casamientos Very Happy primero soltero de oro y ahora cristi, a ver si la culpa del descenso de bodas y por extensión de natalidad... la tiene ahora la vivienda VPO Exclamation Exclamation Exclamation

Mira cristi, como de momento estais solteros pues que tu novio se compre otro piso en la misma cooperativa y en el momento de la entrega vendeis uno de ellos antes de escriturar, ¿puede llamarse especulación? pues bueno....

Un saludo
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Invitado






MensajePublicado: Jue, 11 May 2006 3:08 pm    Asunto:

cristi. Si puedes salte del royo vpo.
Informate bien de lo que es vpo y lo que significa, y despues valora el dinero que puedes ahorrarte.
Muchos de los que tenemos vpo estamos pasando un calvario,
Otra cosa que puedes hacer es intentar que tu vivienda no tenga calificacion vpo, aunque las demas si lo tengan.
En mi bloque hay pisos que no son vpo y otros que si.
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NAMAR9988
Moderador
Moderador


Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Jue, 11 May 2006 4:15 pm    Asunto:

Hola CRISTI.
Como tú misma supones, si en el momento de escriturar la vivienda estás casada y tu pareja tiene ingresos, el hecho de que sumando los ingresos de ambos cambie la situaciòn en que te adjudicaste la vivienda puede traducirse en que dejes de tener derecho a adquirirla.
Para estos temas, que firmeis capitulaciones matrimoniales (esto es, que os caseis en régimen de separación de bienes) no varía el tema: los ingresos computables son de la unidad familiar (y en el momento en que os caseis, pasais a ser una unidad familiar). También en el caso de las parejas de hecho se aplica el mismo criterio.
La única solución, si quieres comprar finalmente la vivienda, es postponer la boda hasta después de la Escritura. Huelga decir que tampoco podeis iniciar una convivencia en que tu pareja tenga el mismo domicilio a nivel censal que tú (seríais pareja de hecho). La opción de que él adquiera otra vivienda en la misma cooperativa no la veo positiva: tendríais que vender ó alquilar (si podeis) una al valor máximo VPO, por lo que no existe posible beneficio por la venta... Si acaso, y si podeis, que adquiera una de renta libre: ésa sí que la podreis vender ó alquilar a posteriori y quedaros con la VPO..., pero como creo que el tema no va en esa línea, sino en la posible "pérdida" de la VPO, pues mejor dejamos las sugerencias en ese sentido.
Otra opción pasa a que tu pareja no tenga ingresos demostrables a la hora de la Escrituración de la VPO (el caso de alguien que se case con una chica que va a dejar el trabajo para ser ama de casa no es tan raro). En ese caso, al no aumentar los ingresos familiares, no se incumple esa condición...
Con la legislación en la mano: ó no te casas ó renuncias a la VPO (te van a hacer renunciar a ella Embarassed ), así que pensároslo bien...
Saludos y suerte Smile
_________________
Ana S.T.
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pipiolo
Administrador
Administrador


Registrado: Dec 13, 2003
Mensajes: 1213

MensajePublicado: Jue, 11 May 2006 9:04 pm    Asunto:

Invitado escribió:
cristi. Si puedes salte del royo vpo.
Informate bien de lo que es vpo y lo que significa, y despues valora el dinero que puedes ahorrarte.
Muchos de los que tenemos vpo estamos pasando un calvario,
Otra cosa que puedes hacer es intentar que tu vivienda no tenga calificacion vpo, aunque las demas si lo tengan.
En mi bloque hay pisos que no son vpo y otros que si.


Apoyo esta opinión. Una vivienda VPO no es necesariamente un "chollo", a veces trae más problemas que una de renta libre. Crying or Very sad
_________________
"El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda)
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sorprendido
Invitado





MensajePublicado: Vie, 12 May 2006 3:41 pm    Asunto:

Hola a todos
En primer lugar, queria decirle a invitado y a todos aquellos que piensan que la ventaja de la vpo es cobrar una misera subvencion que no vale la pena, que este es el ejemplo de que estan equivocados. Si cristi esta en una cooperativa de vpo, me apostaria lo que sea a que es porque el suelo esta condicionado a vpo. Esto significa que dueño del suelo lo transmite con la obligacion de construir vpo. Por tanto, segun la ley de vpo (que tanto criticamos) obliga a que el suelo de vpo no cueste mas del 15% del precio maximo deventa. Claro que es un chollo!!! te va a costar un piso 15 millones!
Lo que tienes que saber es que no vas a poder venderlo en el futuro a precio libre. Pero si no quieres un piso por 15 millones, seguro que hay miles que lo necesitan para vivir en el!!!!


Y por otra parte, a cristi y a todos. Si la calificacion prov esta acogida al RD801/05 (nuevo plan de vivienda). Las cooperativas tienen un tratamiento especial. Deben cumplir los requisitos de ingresos y no ser titular de otra vivienda en dos momentos: Calificacion provisional y visado de contratos. Este RD permite que si algun cooperativista cumlep con el requisito de ingresos en la calificación provisional y no en el momento de visados de contratos, podra comprar el piso sin financiación cualificada ni subvenciones.

Asi que primero comprueba el Real Decreto, si es el 801/05 pide a tu cooperativa que incluya tus datos en el 80% que tiene que aportar con la calificacion provisional. Si pasas este tramite, no tendras problemas para escriturar tu sola.
Eso si, el requisito de no tener vivienda, lo debereis cumplir los dos hasta el momento de la escritura.

Saludos
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pipiolo
Administrador
Administrador


Registrado: Dec 13, 2003
Mensajes: 1213

MensajePublicado: Vie, 12 May 2006 7:54 pm    Asunto:

Sorpendido, tienes que registrarte. Necesitamos que tus acertados comentarios nos auden a ver un poco más de luz en el complicado tema de las cooperativas. Son un lio y sólo tu te aclaras un poco.

Venga, que tu lo vales. Laughing
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nt
Moderador
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Registrado: Oct 29, 2005
Mensajes: 1121

MensajePublicado: Vie, 12 May 2006 10:58 pm    Asunto:

Hola sorprendido: creo que ya te intentamos animar a registrarte sin convencerte.... lo volvemos a intentar Wink que hacen falta brazos!

Quisiera añadir un comentario sobre bodas, aparejamientos, separaciones, defunciones etc..

Las normas tienen un caracter generalista y no pueden tener en cuenta las circunstancias concretas de cada persona. Esto es lógico hasta cierto punto: pongo un par de ejemplos

-personas fallecidas que deben hacer declaración de renta (todas las que no murieron a las 12h. del dia 31 de diciembre)

-niñ@s que no pueden acudir a la guarderia pq no tienen 3 meses al empezar el curso escolar.

La administración funciona con "foto finish": a tal fecha concreta debes reunir unas circunstancias. No puede analizar caso por caso con toda su complejidad y todas sus variables: seria imposible.

En este foro hemos leído un montón de mensajes hablando de futuras parejas... celebro que la gente se ame y sea feliz. Pero el caso es que, al solicitar el piso no estaban juntos y los ingresos eran de un único sueldo. Y aqui empieza el problema: las VPO estan destinadas a unidades familiares hasta un límite de ingresos. No es una oferta generalizada y a disposición de la gran mayoría de personas. Cuando se superan los ingresos todo cruje.

Escenifiquemos:

yo, con mi sueldo, opto a una VPO, reuno las condiciones.
y antes de escriturar...

-me enamoro y quiero vivir con el/a vecin@ de enfrente, un/a trabajador/a que con su sueldo sumado supero: y me quedo sin piso.

-tengo trillizos y el piso me queda pequeño: necesito uno de 4 habitaciones, el que me adjudicaran/compré es de 2 habitaciones.

-me enamoro y quiero vivir con una persona sin ingresos: sigo accediendo al piso. Pero el/la partener quiera pagar la mitad (que nadiE sabe como pq sigue sin ingresos): quiere salir en la escritura.

-ahora el/la enamorad@ es un jeque árabe no residente/declarante: sigo accediendo al piso, a estos no los detectan.

-ahora otr@ enamorad@, su sueldo mínimo pero tiene 3 pisillos en herencia: si me junto quedo sin piso.

-ya tengo el piso y muere mi compañer@: me jodo con la hipoteca que nadie me pagará o más absurdo aún: dejó de tener los requisitos de ingresos mínimos para acceder a la vivienda.

Las posibilidades son infinitas. Pero la lógica sigue siendo la misma y es facil de entender: hay una oferta muy limitada dirigida a personas que reunan determinadas condiciones. Si no se reunen esas condiciones -pq se ingressa más o ya se tiene vivienda- , mejor olvidarse del tema y buscar otras alternativas: hay muchas familias que no tienen alternativa.

Salutacions
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PRESTO
Invitado





MensajePublicado: Sab, 13 May 2006 1:02 pm    Asunto:

Hola a todos,

creo que os estáis complicando un poquito la vida con el tema de casarse o no.
Hay dos momentos cruciales a la compra de una vivienda de protección oficial:

1. Monento del visado por parte de la administración de la adjudicación o no de la vivienda, esto es, el/la/l@s adjudicatari@s presentan la documetación correspondiente a la administración revisa si los datos son ciertos y visa el contrato de comptraventa (da validez y verifica los datos).
2. Momento de la escrituración de la vivienda, pongamos 24 meses después del visado (las vivienda pasa a ser propiedad de el/la/l@s adjudicatarios y estyos se convierten en propietarios.

El momento que vale para la concesión de la vivienda es el momento del visado, y los hechos que ocurran entre el visado y la escrituración e incluso después de la escrituración sólo tienen repercusión en las ayudas que se van a recibir (ayudas directas, prestamo cualificado, subsidiación de intereses etc...) pero el derecho a tener esa vivienda esta fijado desde el visado.

Pongo por ejemplo, supongamos que se visa el contrato de compraventa y al día siguiente el adjudicatario se queda en paro no reuniendo las condiciones mínimas económicas para acceder a la VPO, NADIE EL QUITA LA VIVIENDA porque el día del visado SI cumplia las condiciones.

Si a esa misma persona le tocan 100 millones de € en la lotería NADIE le quita la vivienda aunque tenga ingresos más que suficientes para comprarse un hotel entero.

Sobre el tema de coperativas no tengo ni jodida idea de como puede funcionar.

Saludos,
PRESTO
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