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dav Usuario


Registrado: Mar 25, 2006 Mensajes: 9
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Publicado: Jue, 29 Jun 2006 12:53 pm Asunto: cargas de la vivienda |
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Hace un mes firme un contrato de compraventa con una promotora, que tiene un prestamo concedido para financiar la obra con el Banco Pastor, despues de preguntarles varias veces si estaba obligado a subrogarme con este banco ellos siempre me habian dicho que no , que tenia la opcion si me interesaba, entonces he empezado a tramitar la hipoteca con otro banco y este despues de hablar con la promotora me ha dicho que yo el comprador tenia que hacer frente a los gastos de cancelacion de la hipoteca que el promotor tiene con el banco pastor asi como a los gastos de la cancelacion registral
Es cierto que en el contrato de compraventa viene esto reflejado pero tambien viene reflejado que no estoy obligado a subrogarme, sino que puedo hacerlo si me interesa.
En definitiva entiendo que esta practica es abusiva y contradictoria porque no me obliga , pero si no lo hago tengo que pagar, y me gustaria saber donde puedo reclamar o si por el contrario es una practica legal y no me queda mas remedio que pagar, asi como si pudiera hacer constar que existe un contrato verbal en el que en ningun momento se me hablo de estos gastos. |
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pipiolo Administrador


Registrado: Dec 13, 2003 Mensajes: 1213
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Publicado: Jue, 29 Jun 2006 7:20 pm Asunto: |
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Es ilegal y existe jurisprudencia sobre casos parecidos.
Tienes todas las de ganar, pero intenta no perder el piso, si te gusta  _________________ "El suelo no puede servir para financiar los ayuntamientos y los partidos políticos" (La Trujillo, Ministra de Vivienda) |
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dav Usuario


Registrado: Mar 25, 2006 Mensajes: 9
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Publicado: Vie, 30 Jun 2006 2:55 pm Asunto: |
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| La verdad que la vivienda me interesa, asi que supongo que no me queda mas remedio que tragar y luego empezar a poner reclamaciones y demas para conseguir que me devuelvan ese dinero, supongo que esto ira por via civil y me gustaria saber donde puedo reclamar |
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Invitado
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Publicado: Vie, 30 Jun 2006 6:10 pm Asunto: |
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Me gustaría que alguien nos dijera en qué normativa dice expresamente que los gastos de cancelación de la hipoteca deben ser a cargo del promotor. Yo no la he encontrado. Hablamos de obra nueva.
Puede que pase algo similar a lo de la elección del Notario. Todo el mundo cree que el Notario lo elige el comprador. No es cierto. Al menos en Cataluña, el Notario será el que elijan de mutuo acuerdo promotor y comprador (art. 29 Llei de l’Habitatge). |
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Invitado
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Publicado: Vie, 30 Jun 2006 6:23 pm Asunto: |
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No se que normativa es la que vale para esto pero lo lei en http://www.lainmobiliaria.org/noticia333.html y me parece justo que el consumidor tenga razón en estos casos.
A ver, ¿La hipoteca no la tiene el promotor? pues si se cancela, que pague el promotor la cancelación. |
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Invitado
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Publicado: Sab, 01 Jul 2006 5:58 am Asunto: |
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| Pero: ¿el piso de quién es?. Del promotor. Por lo tanto, las condiciones las pone el promotor, a menos que exista una ley que diga lo contrario. Y si al promotor le obligan a pagar esos gastos imprevistos, acabará por subir los precios de los pisos y los compradores por exigir rebajas en caso de subrogarse en la hipoteca del promotor. |
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