Temas inmobiliarios: separacion y venta de piso
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Temas inmobiliarios: separacion y venta de piso: Forums

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separacion y venta de piso

 
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haiku
Invitado





MensajePublicado: Sab, 01 Jul 2006 7:55 pm    Asunto: separacion y venta de piso

Hola!
Voy a separarme y vender el piso que tenemos en común. ¿Es mejor separarnos y luego vender o no tiene nada que ver? Si no tengo pensado comprar piso en algún tiempo, ¿cómo tratará hacienda la ganancia que obtendré de la venta del piso?
Gracias por la ayuda
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Kiko
Usuario
Usuario


Registrado: Apr 01, 2006
Mensajes: 8

MensajePublicado: Dom, 02 Jul 2006 2:57 pm    Asunto: ....

lo 1º que preguntas es indiferente como lo hagan, vender separarse o viceversa, sobre lo que preguntas como trata hacienda, pues tendras que pagar en concepto el gravamen de dicho inmueble.
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NAMAR9988
Moderador
Moderador


Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Dom, 02 Jul 2006 11:18 pm    Asunto:

Hola HAIKU:
Podeis hacerlo de ambas maneras. Normalmente, vender como "casados" es menos complejo...
Si lo haceis como "separados", tendreis que suscribir las capitulaciones y esperar a que el Juez acepte la demanda de separación. Y si uno de vosotros se arrepiente en la venta, podría "parar" la venta, alegando que es su domicilio... y que si el juez se lo adjudica, ahí se queda a vivir (y si hay hipoteca se seguirá pagando a medias..., por cierto).
Aparte, si comprasteis como casados y vendeis como "separados", tendreis que adjuntar copia de las capitulaciones a la documentación que presenteis a la persona que os compre la vivienda... y el Registro de la Propiedad estará en su derecho a no aceptar la venta mientras no haya sentencia firme de separación (por lo dicho antes: que el Juez pudiera adjudicar el uso de la vivienda a uno de los dos...).
Cuando me encuentro con un caso similar (muy a menudo), aconsejo que firmen la venta como "casados" (porque se supone que venden de mutuo acuerdo, obviamente), con independencia a cómo esté el proceso de separación. Normalmente, se ahorra uno dudas, trámites, presentar papeles que igual no interesan a nadie....; bastante papeleo conllevan ya una venta y una separación por separado para complicarlo más juntándolas, ¿no?
Con Hacienda, tienes dos años para reinvertir la ganancia declarada (en vivienda habitual). Si no lo haces, deberás declararla y pagar lo que corresponda en ese momento (según años desde la compra hasta ese momento, ingresos que declares, desgravaciones que te hayas aplicado...)
Saludos Very Happy
_________________
Ana S.T.
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