Temas inmobiliarios: gestión de compraventa entre particulares.
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La Inmobiliaria :: Ver tema - gestión de compraventa entre particulares.

gestión de compraventa entre particulares.

 
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Autor Mensaje
persé
Invitado





MensajePublicado: Dom, 16 Jul 2006 9:44 pm    Asunto: gestión de compraventa entre particulares.

Tengo intención de comprar un piso de segunda mano a un particular. Ya le he dado la señal y hemos firmado un contrato de arras, redactado entre los dos.
He hablado con el banco y ya han autorizado el prestamo. Pero me ha dejado entrever que todo el tema de la gestion de compraventa es cosa mía.Y que él unicamente se encarga del tema financiero.
El vendedor tiene una hipoteca con el piso, y mis preguntas son.

- Para el día de la escritura publica. Mi banquero tendra que haber gestionado la cancelacion de la hipoteca del actual dueño?
- Puedo exigir a mi banco que se haga cargo de las gestiones de la OPERACION DE COMPRAVENTA (Os preguntareis por que os hago esta pregunta. Otro día os lo cuento) o he de hacerme yo cargo al ser una operación entre particulares.
- Cualquier carga que tenga el piso viene reflejada en la nota simple o hay mas modos de contrastar esto.

Gracias
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meregistre
Asiduo
Asiduo


Registrado: Nov 28, 2005
Mensajes: 50

MensajePublicado: Lun, 17 Jul 2006 9:55 am    Asunto: Re: gestión de compraventa entre particulares.

persé escribió:
Tengo intención de comprar un piso de segunda mano a un particular. Ya le he dado la señal y hemos firmado un contrato de arras, redactado entre los dos.
He hablado con el banco y ya han autorizado el prestamo. Pero me ha dejado entrever que todo el tema de la gestion de compraventa es cosa mía.Y que él unicamente se encarga del tema financiero.
El vendedor tiene una hipoteca con el piso, y mis preguntas son.

- Para el día de la escritura publica. Mi banquero tendra que haber gestionado la cancelacion de la hipoteca del actual dueño?
- Puedo exigir a mi banco que se haga cargo de las gestiones de la OPERACION DE COMPRAVENTA (Os preguntareis por que os hago esta pregunta. Otro día os lo cuento) o he de hacerme yo cargo al ser una operación entre particulares.
- Cualquier carga que tenga el piso viene reflejada en la nota simple o hay mas modos de contrastar esto.

Gracias

Buenas. Lo normal es que la Notaría te pida una serie de documentos para el día de la firma, los cuales debes ir preparando:

-Copia de escritura de la vivienda.
-Certificación bancaria de deuda pendiente( la hipoteca que tiene actualmente), la cual la debe de pedir el vendedor a su banco. No pedirla para un determinado día, por si acaso, sino a intereses diarios.
-Certificado de la Comunidad de vecinos de estar al corriente de pago.
-DNI de ambos.
-Recibo del IBI(ten en cuenta, que lo normal es que te presente el último pago y que el vendedor se debe hacer cargo de el pago de este en todo caso, al haber disfrutado de la vivienda). Si la reserva se hace en el 2006 y la venta en escritura pública en el 2007, por ejemplo, se puede pactar que sea el comprador quien pague el recibo.

Por otro lado tu banco debe quedar con la Notaría que TU quieras, y gestionar todo lo relativo a la Escrituración, aunque también tu mismo puedes ir al Notario y pedir fecha y hora. El banco al gestionarte un préstamo, me imagino que debe contactar con el Notario por los mismos cauces que tú efectúes. Es decir, no puedes quedar un día para la firma de la Escritura de la vivienda, y otro para la escritura del préstamo, ambos se hacen en el mismo acto.
Si existe una carga, en la Nota Simple aparece, y en cualquier caso, si hubiese una carga posterior, el Notario te de FE de como está la situación de la vivienda, justo en ese momento.
Suerte.
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NAMAR9988
Moderador
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Registrado: Jun 07, 2005
Mensajes: 2289
Ubicación: Fuenlabrada (Madrid)

MensajePublicado: Lun, 17 Jul 2006 5:22 pm    Asunto:

Hola PERSÃ?:
Te respondo por partes:
Cita:
- Para el día de la escritura publica. Mi banquero tendra que haber gestionado la cancelacion de la hipoteca del actual dueño?

No necesariamente... El proceso, en explicación práctica, consiste en que no te van a prestar nada si la vivienda tiene cargas pendientes de cancelación. Pero como a las Entidades (a todas) les interesa dar nuevos préstamos, lo que se hace es pedir un Certificado (no vale ni un récibo pagado, ni, obviamente, lo que diga el Registro, porque no son informaciones actualizadas en cuanto a cantidades) de Capital Pendiente de la Hipoteca que grave la vivienda. Lo debe pedir el titular (no suelen dárselo a terceros, salvo que estén expresamente autorizados) y en él debe constar tanto el capital pendiente, como los posibles atrasos (tanto en capital como en intereses), los intereses ordinarios devengados desde el último recibo pagado, la comisión por cancelación anticipada (normalmente un 1%) y si el cliente tiene algún préstamo personal con garantía hipotecaria, se reflejará también (al banco que lo dió le interesa que se le pague, puesto que la venta de la vivienda significa la pérdida del bien que garantizó la concesión). Tu Banco lo que hace es "no entregar" ese dinero al vendedor, sino que liquidará la Hipoteca el mismo día en que se firme tu Escritura de compra (se cancela, normalmente, mediante trasferencia a través de Banco de España, por ser lo más rápido y seguro). Los gastos de lo que luego cueste la Escritura de Cancelación, como son de cargo y cuenta del vendedor, se suelen retener del total a cobrar por éste, y se encarga de toda la gestión la Gestoría de tu Banco (más que nada, porque les interesa que se haga todo... que para eso han prestado un dinero sobre la garantía del piso Laughing ).
Cita:
Puedo exigir a mi banco que se haga cargo de las gestiones de la OPERACION DE COMPRAVENTA (...) o he de hacerme yo cargo al ser una operación entre particulares.

Si no hay compra-venta, no hay Hipoteca. �, mejor explicado: para que el Banco te preste el dinero, tienes que ser el dueño de la vivienda que compras... Esto, en la práctica, se traduce en que tu Banco se va a hacer cargo de asegurarse de que la vivienda no tiene problemas que impidan la venta y va a preparar la Escritura de compra-venta que se firmará en el Notario como nº de Protocolo inmediatamente anterior a la Hipoteca...Obviamente, hay que facilitarles el trabajo: hay que llevarles una copia de la anterior Escritura, indicarles el importe en que se va a escriturar, llevarles el Certificado de No Deudor de la Comunidad, los últimos recibos d IBI... El trabajo lo hace, realmente, la Gestoría del Banco, y si no se le facilita los documentos, ellos por su cuenta no los van a buscar. Lo que no hacen, obviamente, es preparar el documento de reserva ó compra en privado entre los particulares: eso ya es cosa vuestra. No sé si esto va en relación a lo que preguntas.
Cita:
- Cualquier carga que tenga el piso viene reflejada en la nota simple o hay mas modos de contrastar esto.
ç
Sí... y no. En la Nota Simple van todas las cargas que procedan de Documentos Notariales (hipotecas) ó Judiciales (reclamaciones por impago de cantidades: personales, Seguridad Social, Ministerio de Hacienda, atrasos de pago en la Comunidad tan altos que se hayan reclamado vía judicial, antiguas deudas no canceladas con empresas constructoras...).Todo lo que aparezca en el Registro hay que pagarlo y cancelarlo. ¿Qué otras cosas puede haber que no consten...?Pues cualquier impago que no se haya reclamado vía judicial. ¿Las más importantes ó que más te puedan "influir"? Atrasos en el pago de la Comunidad (van contra el piso. Por mucho que sean anteriores a tu compra, al comprar la vivienda las asumes. El año anterior a la compra y el corriente, sólo, pero las asumes. Cuotas ordinarias y derramas aprobadas en Junta. Por eso se aporta el Certificado de No Deudor a la firma: habla con el Presidente y el Administrador) y últimos recibos de IBI (antigua Contribución Urbana. También van contra el piso, los últimos 5 años. Habla con el Ayuntamiento). Cualquier otra deuda que pudiera existir, si no está reclamada en el Registro y "llega" tras la firma de tu Escritura, será devuelta (el Registro la rehusa por no haber propiedades a nombre del titular de la deuda).Si llega antes de la firma, se retiene el importe al vendedor... ó se echa atrás la operación.
Saludos y suerte Very Happy
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Ana S.T.
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