Constructora condenada a pagar por el retraso en la entrega de un piso.
Fecha lunes, 15 de mayo de 2006
Tema Actualidad inmobiliaria


La Audiencia de Barcelona ha condenado a una constructora a indemnizar a una familia que se vio obligada vivir ocho meses de alquiler porque se retrasó la entrega de su piso. El tribunal considera que los plazos de entrega de una nueva vivienda deben cumplirse y no son meramente indicativos.

La sentencia incluye los gastos del alquiler de ocho meses desde que vendieron su casa hasta la entrega de la vivienda de nueva construcción, así como al transporte y al guardamuebles.

El tribunal desestima la tesis de la empresa, que no consideraba que los plazos fueran esenciales, y que lo que de verdad fija el momento de cumplimiento del contrato es la "terminación concreta y efectiva de las obras, que es el que marca el de la escrituración".

La familia compró sobre plano un piso que debía entregarse en noviembre del 2003, si bien se incluyó una cláusula por la cual el término podía ampliarse a febrero del 2004 "si concurría alguna circunstancia no imputable" al vendedor.

La familia que vendió su piso antiguo para pagar el próximo en abril de 2004, dos meses más tarde de tener ya la nueva propiedad. Sin embargo como la nueva casa no estaba disponible, tuvieron que dejar la suya ya vendida, e irse a vivir de alquiler durante ocho meses, hasta noviembre de 2004.







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