Alquilar apartamentos turísticos
Fecha viernes, 28 de julio de 2006
Tema Empresas Inmobiliarias


En primer lugar hay que distinguir entre alquilar un apartamento a un particular o hacerlo a una empresa turística (agencias de viajes, inmobiliarias, etc).

Si se le alquila el apartamento a un particular es fundamental que se redacte un contrato de arrendamiento por temporada, aun a pesar de que la duración del mismo vaya a ser inferior a diez días. Es muy importante que consten reflejadas por escrito la duración, el emplazamiento del apartamento, el equipamiento, los servicios e instalaciones con que cuentan, quién satisfará los gastos de gas, luz, agua, cual es la fianza que habrá que depositar y las consecuencias en caso de anulación o acortamiento del periodo pactado.

Cualquier cuestión que no se ajuste a lo pactado en el contrato suscrito será motivo de incumplimiento, siendo el arrendador responsable a la hora de indemnizarle por los daños y perjuicios.

El mayor inconveniente en este tipo de alquileres efectuados a particulares es que no suelen documentarse y al acordarse las condiciones verbalmente entre las partes luego se carece de prueba alguna que demuestre cuales fueron los términos pactados: precio, emplazamiento del apartamento, etc.

En cuanto a los apartamentos gestionados por empresas turísticas, éstos se encuentran sujetos a ciertas normas, como que en el precio que se debe incluir el gas, luz, agua, calefacción y recogida de basuras. De igual modo, si el apartamento dispone de piscina, hamacas, terrazas o aparcamientos exteriores no vigilados se podrá disfrutar de los mismo sin pagar cantidad adicional alguna. Además el mobiliario y electrodomésticos deben estar en perfectas condiciones.

El mayor número de reclamaciones en esta materia se refieren a la diferente ubicación de los apartamentos según la señalada por la empresa. Es recomendable guardar los folletos de publicidad que se entregan en la agencia u obtener fotos del lugar que acrediten que no estaba en la ubicación prometida. En todo caso, si el apartamento no guarda relación con lo contratado podrá solicitar un cambio a otro mejor o una indemnización, o en su defecto la Hoja de Reclamaciones que se deberá presentar debidamente cumplimentada ante el organismo administrativo competente.

 

Fuente: Inmueble







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